Más personas están usando la conciliación en problemas de propiedad horizontal

Enviado por admin el Lun, 13/04/2015 - 16:14
Personas reunidas en oficina

Diciembre de 2014- El pago de los arrendamientos, los daños a terceros y la convivencia, los temas que más se concilian en el sector inmobiliario de Bogotá.

Los incumplimientos, las indemnizaciones y los abusos, entre otros, son algunos de los problemas más recurrentes en los sectores de vivienda, urbanismo y construcción.

A estos se suman los pleitos entre vecinos, los conflictos con la administración del conjunto residencial o del edificio, con la constructora de un proyecto de vivienda o con los prestadores de servicios de propiedad horizontal.

Para darles solución más allá de la vía jurídica tradicional están los métodos alternativos de solución de conflictos, de los cuales los más utilizados en los sectores inmobiliario y constructor son el arbitraje y la conciliación.

Jorge Enrique Gómez, presidente de la Lonja de Propiedad Raíz de Bogotá, explica que en los arbitrajes las partes se someten a la decisión de un tribunal compuesto por un número impar de árbitros.

Por su parte, en las conciliaciones los implicados llegan a un mutuo acuerdo con la intermediación de un experto.

Rafael Bernal, vicepresidente del Consejo de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, señala que estos procesos son más ágiles, representan menos costos económicos y menor inversión de tiempo y esfuerzo.

“Los procesos desarrollados dentro del marco de la justicia tradicional pueden tardar entre siete y catorce años”, señala el directivo.

Por su parte, los arbitrajes pueden demorarse de seis meses hasta dos años, dependiendo de la dimensión del problema. Mientras que las conciliaciones pueden tardar de 45 minutos a una semana.

Bernal comenta que en la Ley de Propiedad Horizontal "hay establecido un comité de conciliación que, en primera instancia, es el que debe asumir las diferencias entre los residentes por usos y abusos, entre otros conflictos”. Este mecanismo interno tiene los mismos efectos y el mismo proceso que una conciliación desarrollada por un centro.

Por su parte, al Centro de Conciliación y Arbitraje de la Lonja de Bogotá, los casos más recurrentes son los relacionados con los cánones de arrendamiento, los conflictos de convivencia en la propiedad horizontal y la responsabilidad por daños a terceros.

Sin embargo, Gómez señala que a la entidad también han llegado casos de insolvencia para personas naturales y disolución de sociedades comerciales.

Semanalmente, la organización atiende veinte casos, aunque el directivo explica que el número se ha incrementado. “Cada vez hay más las personas que utilizan estos mecanismos como alternativa a la justicia ordinaria”, explica.

De acuerdo con Bernal, los costos de estos trámites y procesos dependen de la cuantía de las pretensiones, las cuales, según la ley, no pueden exceder el tope de los mil salarios mínimos mensuales.

Para procesos de menor envergadura, las conciliaciones pueden costar desde 200 mil hasta 500 mil pesos. Es importante resaltar que esta labor también la realizan otras entidades como la Procuraduría General de la Nación, los consultorios jurídicos de las universidades, las superintendencias, entre otros organismos avalados y certificados por el Ministerio del Interior y de Justicia.

Sección Vivienda EL TIEMPO

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