Requisitos para que los empleados adquieran leasing habitacional

Enviado por admin el Lun, 16/03/2015 - 16:32

La Secretaría Distrital de Hábitat aclara que el leasing habitacional, también conocido como arriendo con opción de compra, no sucede entre dos personas naturales. Lo que quiere decir que el arrendador no puede ser una persona natural, sino que tiene que ser una entidad financiera avalada por la Superintendencia Financiera. De este modo, el banco adquiere una vivienda y se la arrienda a una persona por un plazo fijo (normalmente entre 15 y 20 años).

Estos son algunos de los documentos que se deben tener en cuenta para la solicitud:

Para el estudio de crédito   

-Solicitud de vinculación diligenciada.

-Fotocopia del documento de identidad.

-Documentos que certifiquen la propiedad de los activos.

-Certificado de ingresos y retenciones del último año o declaración de renta del año gravable o constancia de no declarante.

-Certificado laboral.

-Copia de los tres últimos extractos bancarios.

-Presentar avalúo comercial del inmueble que desea fiananciar -si ya lo conoce-.

-Comprobantes de pago de nómina de los últimos meses.

Si hay otros ingresos es necesario constatar esa información con documentos.

Para el inicio de la operación

-Estudio de títulos

-Suscribir el contrato de leasing habitacional

-Constituir las garantías (si es necesario)

-Formulario de solicitud de seguro de vidae cont

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